Sus comienzos: de los “Capataces de Cultivos” a la Guardería Forestal del Estado.
La fecha que se ha tomado como referencia del origen de los Agentes Forestales y Medioambientales de España fue el 11 de julio de 1877, cuando, bajo el reinado de Alfonso XII, se promulga la Ley de Mejora, Fomento y Repoblación de los Montes Públicos. En dicha Ley se crean los denominados “Capataces de cultivos” y dos años más tarde se les autoriza a denunciar los daños que se causen en los bosques. Unas décadas después, ya en el año 1907, tras apreciar la necesidad de contar con un Cuerpo específico dedicado a la protección y conservación de los montes, se crea el Cuerpo de Guardería Forestal del Estado. Más tarde, ya en la Segunda República, los miembros del Cuerpo de Guardería Forestal Republicana pasan a ser considerados Funcionarios Públicos, se determina el acceso al Cuerpo mediante oposiciones y se declara oficialmente a los Guardas Forestales Auxiliares de Orden Público. Durante la Dictadura se produce una importante reforma del Patrimonio Forestal del Estado y se aprueban dos Reglamentos de regulación del Cuerpo Especial de la Guardería Forestal del Estado: el primero en el año 1941y el segundo, que ha estado vigente hasta nuestros días como legislación supletoria en aquellas Autonomías que carecían de regulación específica, en el año 1966 (Decreto 2481/1966). Cabe destacar de este último Reglamento la reafirmación del carácter de Agentes de la Autoridad y de Policía Judicial de todos los miembros del Cuerpo de Guardería Forestal.
Las transferencias a las Comunidades Autónomas.
Con
la llegada de la Democracia se empiezan a suceder importantes cambios
para el colectivo: el primero llega en el año 1978 cuando un Decreto de
regulación del régimen retributivo del Cuerpo de Guardería Forestal del
Estado trae consigo el cambio de denominación: los Guardas Forestales
pasan a llamarse Agentes Forestales. Posteriormente, ya con la
Constitución aprobada, se producen las transferencias en materia
medioambiental a las Comunidades Autónomas, las cuales asumen la
competencia exclusiva en cuanto a la gestión y organización del personal
del transferido del Cuerpo de Guardería Forestal del Estado. En
Castilla-La Mancha se mantuvo la denominación de Cuerpo de Guardería
Forestal hasta el año 1999. En ese año, la nueva Ley de Conservación de la Naturaleza de Castilla-La Mancha crea el Cuerpo de Agentes
Medioambientales, clasificado en el grupo “C” de la Admón., en el cual
queda integrado la mayor parte del personal del citado Cuerpo de
Guardería Forestal. En la actualidad, en virtud de la Ley 4/2011 del
Empleo Público de Castilla-La Mancha, el Cuerpo Profesional de Agentes
Medioambientales queda clasificado en el grupo “B” de la Administración



