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lunes, 6 de marzo de 2017

LA ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE AGENTES MEDIOAMBIENTALES (APAM-CLM) CELEBRA SU VIII ASAMBLEA

La externalización de servicios, la salida de la Consejería de Agricultura y el incumplimiento de compromisos del Consejero, principales asuntos que preocupan al colectivo.

La Asociación Profesional de Agentes Medioambientales de Castilla-La Mancha, APAM-CLM, celebró el pasado sábado su VIII Asamblea Ordinaria, al objeto de analizar la situación actual del colectivo, análisis que marcará la hoja de ruta de esta organización en los próximos meses.

Externalización de servicios

Entre los asuntos más relevantes que fueron tratados, se encuentra la previsible externalización de servicios medioambientales prestados por este colectivo que la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha pretende llevar a efecto en próximas fechas. A ojos de esta Asociación, es difícilmente explicable que la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural esté contactando con diferentes empresas y organismos para externalizar el servicio que presta, de forma gratuita, la Unidad de Intervención en Lugares de Difícil Acceso del Cuerpo de Agentes Medioambientales. Escudándose en un informe del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales que insta al Gobierno autonómico a mejorar la formación y medios de esta unidad, y lejos de aportar fáciles soluciones a este hecho, se pretende llevar a cabo una cesión del servicio que seguramente conllevará un elevado coste a las arcas públicas. Sin olvidar que la ejecución de estos trabajos ha de contar con conocimientos específicos en manejo de fauna protegida y ser ejecutada por Agentes de la Autoridad, al proceder en ocasiones a manipular pruebas relativas a la comisión de delitos contra el Medio Ambiente y su fauna y flora.



Incumplimiento de compromisos adquiridos por el Consejero de Agricultura

En otro orden de cosas, y como asunto de mayor relevancia, se abordó el hecho de que se haya incumplido el compromiso público adquirido en varias ocasiones por el Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, Francisco Martínez Arroyo, en cuanto a la aprobación de una Ley de regulación del Cuerpo de Agentes Medioambientales de Castilla-La Mancha. Pese a haber sido un anuncio público del propio Consejero, nada se ha hecho hasta la fecha, incumpliendo el plazo dado por él mismo de entregar un borrador de Ley a esta Asociación y a los agentes sociales antes de que finalizara el pasado mes de febrero. Hay que destacar que tanto APAM-CLM como la parte sindical, hicieron llegar a la Administración varios borradores de Ley hace ya más de un año, por lo que el hecho de que no hayan presentado el suyo a estas organizaciones es una clara falta de compromiso y un nuevo incumplimiento de palabra. Esta Ley deberá regular, entre otras cuestiones, la más que necesaria "Segunda Actividad" para el Cuerpo de Agentes Medioambientales.


Formación, medios de defensa y protocolos de seguridad

Tras el asesinato el pasado mes de enero de dos Agentes Rurales en Lleida, se llevó a efecto un análisis de la situación de indefensión a la que están expuestos los Agentes Medioambientales en el ejercicio de las competencias que la Ley les atribuye, circunstancia que ha sido destacada desde años atrás por esta Asociación, reivindicando formación y medios de defensa para hacer frente a posibles agresiones y situaciones  de tensión a las que, como el resto de cuerpos que llevan a cabo funciones coercitivas, estamos expuestos.

Recuperación efectiva de las BIIF

A escasos meses del inicio de una nueva campaña de Alto Riesgo de Incendios Forestales y, teniendo en cuenta otra de las promesas del Consejero como es la reinstauración de las Brigadas de Investigación de Incendios Forestales con su protocolo original, se estableció un debate sobre las posibles propuestas  de mejora a presentar a la Administración relacionadas con esta materia.

Adscripción del Cuerpo a la Dirección General de Protección Ciudadana

Desde hace varios años y teniendo en cuenta el nulo interés mostrado por la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural en desarrollar el Cuerpo de Agentes Medioambientales, APAM-CLM ha venido solicitando en diversas ocasiones la adscripción del colectivo a la Dirección General de Protección Ciudadana de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, cuestión que fue nuevamente puesta sobre la mesa tras los nuevos incumplimientos del Consejero que hemos destacado anteriormente.

La Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas cuenta con los recursos adecuados para mejorar la organización, medios y formación del Cuerpo de Agentes Medioambientales, aprovechando su potencial de intervención en las emergencias que se dan en el Medio Natural en nuestra región y coordinándolo con el resto de colectivos intervinientes, lo cual, sin duda alguna, mejorará su operatividad, eficacia y seguridad.

Necesidad de aumentar la plantilla

Después de varios años ya sin presencia de plazas de Agente Medioambiental en las Ofertas de Empleo Público, el colectivo cuenta ya con menos de 500 efectivos, lo cual repercute, además de en una menor calidad del servicio prestado, en una menor seguridad para los agentes, ya que este hecho obliga a que se estén algunos servicios en solitario dada la falta de efectivos, u otros directamente no puedan prestarse. Desde APAM-CLM se ha instado al Gobierno de Castilla-La Mancha a incluir plazas para el acceso al Cuerpo de Agentes Medioambientales en la Oferta de Empleo Público de 2017. 





lunes, 27 de junio de 2016

¿Quién es quién en los incendios forestales?

Todos los años vemos en medios de comunicación cuando se habla de incendios forestales, como se emplean ciertos términos erróneos, o se nombra de manera inadecuada a los trabajadores del dispositivo. Para evitar este tipo de confusiones, hemos creado un breve glosario que facilitará a periodistas y demás personas cómo está formado un dispositivo normal contra incendios forestales y cuáles son los términos más empleados.



Agentes Forestales/Medioambientales: funcionario agente de la autoridad perteneciente a las Administraciones Públicas que, de acuerdo con su propia normativa y con independencia de la denominación corporativa específica, puede tener encomendadas, entre otras funciones, las de policía y custodia de los bienes jurídicos de naturaleza forestal. 

No son los encargados de "apagar los incendios". Realizan labores de directores de extinción y de investigación de incendios.

                                        - Policía especial administrativa y Policía judicial genérica 

Actualmente la denominación a la que se tiende a nivel nacional en las diferentes Comunidades Autónomas es la de Policía Medioambiental, con el fin de unificar una sola denominación dado el gran número de denominaciones que reciben según a la administración que pertenezcan.

Denominación de los Cuerpos autonómicos 
Andalucía 
  Agente de Medio Ambiente 
Aragón 
  Agente de Protección de la Naturaleza 
Baleares 
  Agente de Medio Ambiente 
Canarias 
  Agente de Medio Ambiente 
Cantabria 
  Cuerpo de Técnicos Auxiliares del Medio Natural 
  Cuerpo de Agentes del Medio Natural 
Castilla-La Mancha 
  Agente Medioambiental 
Castilla y León 
  Agente Medioambiental 
Cataluña 
Comunidad Valenciana
  Agente Rural  
  Agente Medioambiental
Extremadura 
  Agente de Medio Natural 
Galicia 
  Axente Forestal 
La Rioja 
  Agente Forestal 
Madrid 
  Agente Forestal 
Murcia 
  Agente Medioambiental 
Navarra 
  Guarda Forestal 

País Vasco 
  Álava 
  Guarda Forestal 
Guipúzcoa 
  Guarda Forestal 
  Vizcaya 
  Agente Forestal 
Principado de Asturias 
  Agente del Medio Natural 
INVESTIGACIÓN DE DELITOS DE INCENDIO FORESTAL 





Agentes Forestales/Medioambientales  

B.I.I.F.  
Brigadas de Investigación de Incendios Forestales 
(formadas por Agentes Medioambientales)
Real Decreto de 14 de septiembre de 1882, aprobatorio de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. 

TÍTULO III   De la Policía Judicial 
Artículo 282 
La Policía Judicial tiene por objeto, y será obligación de todos los que la componen, averiguar los delitos públicos que se cometieren en su territorio o demarcación; practicar, según sus atribuciones, las diligencias necesarias para comprobarlos y descubrir a los delincuentes, y recoger todos los efectos, instrumentos o pruebas del delito de cuya desaparición hubiere peligro, poniéndolos a disposición de la autoridad judicial. 




COMBATIENTES DE INCENDIOS FORESTALES 
Bomberos Forestales 
  - Brigadistas 
  - Retenes 
  - Bomberos 

Pertenecientes a Comunidades Autónomas, Diputación, Ayuntamientos, empresas, etc.

B.R.I.F. 
Brigada de Refuerzo de Incendios Forestales 
Personal de extinción altamente cualificado y helitransportado, perteneciente al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente 


GLOSARIO TERMINOLOGÍA COMBATE INCENDIOS FORESTALES 

Incendio 
Forestal 
Fuego que se extiende sin control sobre combustibles forestales situados en el monte. A efectos de esta directriz, tendrán dicha consideración también, los que se produzcan en las áreas adyacentes al monte o de transición con otros espacios urbanos o agrícolas. 
Conato de incendio 
Incendio cuya superficie no llega a superar 10.000 m2 / 1 hectárea 
Gran incendio 
Incendio cuya superficie supera 500 hectáreas 

Incendio estabilizado 
Fase del incendio en la que en éste se combate con una distribución de medios y un plan de ataque. Se dice que un incendio está estabilizado cuando sin llegar a estar controlado evoluciona dentro de las líneas de control establecidas según las previsiones y labores de extinción conducentes a su control. 

Incendio controlado 
Fase del incendio en la que éste se encuentra ardiendo pero con una evolución y combate controlados, evitando que salga del perímetro. La propagación del mismo se encuentra dentro de las líneas de control. 
Incendio extinguido 
Fase del incendio en la que se dan por finalizadas las labores de remate y se retiran todos los medios. No existen combustibles en ignición. 
P.M.A. 
Puesto de Mando Avanzado, donde se diseñan los ataques 

Incendio de interfase 


Interfaz urbano-forestal: Incendios forestales que en su desarrollo amenazan edificaciones urbanas y rurales localizadas en el medio natural 
Personal de Prevención-Vigilancia 
- Fijos: casetas de vigilancia y torres de observación 
- Móviles: vehículos disuasorios y de pronto ataque 



Partes de un incendio forestal 
- Cabeza: es la parte más activa del incendio. Un incendio   
  desarrollado puede tener varias cabezas 
- Flancos: son los lados que quedan entre la cabeza y la cola 
- Cola: es la parte del incendio opuesta a la cabeza, quema más  
  lentamente 
  • - Focos secundarios: puntos donde aparecen pequeños fuegos creados por lanzamiento de materiales en combustión desde el fuego principal, se desarrollan de forma independiente y pueden alcanzar gran virulencia. 
Director de Extinción 

Es el responsable de todas las operaciones en el incendio (será un funcionario público: Cuerpo de Agentes Medioambientales o técnico de la Admón.)


Ataque inicial 

Primeras acciones realizadas para la extinción de un incendio por tierra o por aire, generalmente con los medios que están más próximos al fuego, movilizados por el procedimiento de despacho automático. 
Ataque ampliado 
Con intervención de refuerzos, cuando el ataque inicial no ha conseguido controlar el incendio. 
Zona de Recepción de Medios 
Lugar que se establece para tener medios a la espera de que se les asignen destinos tácticos, pudiendo estar operativos en pocos minutos. Debe estar suficientemente cerca del incendio pero fuera de la zona de peligro. 

Niveles de gravedad del incendio 
Nivel 0 
Medios de extinción previstos en el Plan INFOCAM  (Castilla-La Mancha)
Nivel 1 
Protección Civil: Peligro en personas y bienes NO forestales 
Nivel 2 
Medios extraordinarios estatales / Supuestos de interés nacional 
Nivel 3 
Incendios declarados de interés nacional 



Grados de evolución del incendio 
Grado A (Incendio Incipiente) 
Medios Despacho Automático. 
Grado B (Incendio Bajo) 
Medios próximos (Despacho Ampliado). 
Grado C (Incendio Medio) 
Medios aéreos regionales. 

Grado D (Incendio Alto) 
- Despliegue máximo provincial de   
  medios. 
- Medios terrestres de otras  
  Provincias. 
Grado E (Incendio Extremo) 
Incendios especial gravedad (varias provincias). 
Gravedad potencial de un incendio forestal 
Una vez iniciado el incendio, indicador de los daños que se prevé  
que puede llegar a ocasionar un incendio forestal, dadas las condiciones en que se desarrolla. 

Riesgo de Incendio forestal 
Combinación de la probabilidad de que se produzca un incendio  
y sus posibles consecuencias negativas para personas, bienes y medio ambiente. 


Vulnerabilidad 
Grado de pérdidas o daños que pueden sufrir, ante un incendio  
forestal, la población, los bienes y el medio ambiente. 




Métodos de extinción 

- Ataque directo: se ataca directamente contra las llamas, con herramientas, maquinaria y empleo de agua. 
- Ataque paralelo: cuando la longitud de llama supera los 2,5  
  metros, se actúa sobre el frente del fuego a distancia y avanzando  
  de forma paralela (apertura de fajas manuales, cortafuegos, uso de  
  retardantes…). 
- Ataque indirecto: cuando la longitud de llama supera los 3,5  
  metros, apertura de una línea de defensa situada a distancia    
  considerable del frente del fuego. Se utiliza en incendios de gran  
  intensidad o que avanzan a gran velocidad. 
  •  - Contrafuego: método de extinción utilizado muy excepcionalmente en el ataque indirecto basado en la provocación controlada de un incendio para que éste avance hacia el fuego principal y al encontrarse los dos provoque su extinción por la falta de combustible. 

Línea de defensa 
Técnica empleada en la extinción de un incendio forestal basada en romper la continuidad de la cobertura vegetal a través de su eliminación mediante medios manuales y/o mecánicos. Se utiliza como barrera para interrumpir el avance de las llamas. 


Si quieres saber aún más, descarga este resumen/publicación que profundiza un poco más sobre el tema: DESCARGAR